Los exhortos judiciales (I)
12 de Junio de 2017

En caso de que necesites la asistencia de un procurador de los tribunales en Irún puedes contar con nosotros. Tenemos experiencia en la tramitación de oficios, mandamientos y exhortos. Puesto que queremos aprovechar este blog para que conozcas más el Derecho Procesal, y el funcionamiento de los tribunales en nuestro país, nos vamos a detener hoy en los denominados exhortos.

Cuando hablamos del exhorto nos referimos al auxilio judicial al que están obligados los tribunales civiles de acuerdo a la Ley de enjuiciamiento Civil. Es el Secretario Judicial el encargado de realizarlos. Se solicita para aquellas actuaciones que deban efectuarse fuera de la circunscripción del tribunal que conozca del asunto, cuando el tribunal no se quiera desplazar para practicarlas.

Es a la Oficina del Juzgado de Primera instancia del lugar cuya circunscripción deba practicarse a la que corresponde el auxilio judicial. Pero si en dicho lugar tuviera la sede un Juzgado de Paz, y el auxilio consistiere en un acto de comunicación, le corresponderá a éste practicar la actuación.

En el exhorto se debe incluir la designación de los tribunales exhortante y exhortado; la indicación del asunto que motiva la expedición del exhorto; la designación de las personas que sean parte en el asunto, así como de sus representantes y defensores; la indicación de las actuaciones cuya práctica se interesa; la fecha de finalización; y los documentos.

Para ello puedes contar con nuestro despacho. El equipo de Eskarne Ruíz de Arbulo Aizpuru tiene experiencia en numerosos casos de representación de las partes ante los tribunales.

Confía en un procurador de los tribunales en Irún con años de experiencia. Por supuesto, puedes consultarnos cualquier duda que tengas sin ningún compromiso. Estamos a tu disposición para ayudarte en todo lo que necesites durante los procesos judiciales.


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